Calculadora de indemnización por despido
Calcula la indemnización que te corresponde por despido o por fin de contrato según el Estatuto de los Trabajadores, incluida la regla especial para contratos anteriores al 12 de febrero de 2012.
Resultado
Cuántos días corresponden en cada caso
En un despido improcedente son 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. En un despido objetivo (por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción) o declarado procedente por esas causas, 20 días por año con un máximo de 12 mensualidades. Al terminar un contrato temporal, 12 días por año. El despido disciplinario procedente no da derecho a indemnización.
Contratos anteriores a 2012
Si empezaste a trabajar antes del 12 de febrero de 2012, el despido improcedente se calcula en dos tramos: 45 días por año hasta esa fecha y 33 días desde entonces. El total no puede superar 720 días de salario, salvo que el primer tramo ya los supere; en ese caso se queda en lo que salga del primer tramo, con un máximo de 1.260 días (42 mensualidades).
Cómo se calcula el salario diario y la antigüedad
El salario diario es el bruto anual, con las pagas extra, dividido entre 365. Los años trabajados se prorratean por meses, y los meses incompletos cuentan como completos. Con 30.000 € brutos y una antigüedad de 8 años y 8 meses, un despido improcedente supone unos 286 días de salario: 23.506,85 €.
Guía relacionada: Indemnización por despido: cuánto te corresponde en cada caso
Preguntas frecuentes
¿La indemnización tributa en el IRPF?
La indemnización por despido está exenta hasta la cuantía obligatoria que marca el Estatuto, con un límite de 180.000 €. Lo que se pacte por encima de ese mínimo sí tributa.
¿Qué salario se usa si he tenido variable o pluses?
El salario regulador incluye todas las percepciones salariales del último año: pluses, comisiones y la parte proporcional de pagas extra. Si tu sueldo ha variado, usa la media de los últimos doce meses.
¿Y si no estoy de acuerdo con la indemnización?
Dispones de 20 días hábiles desde el despido para presentar la papeleta de conciliación y, después, demandar. Conviene asesorarse con un abogado laboralista o con un sindicato.
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Los resultados son orientativos y no constituyen asesoramiento financiero, fiscal, legal ni médico.